DGT: Este es el certificado de circulación que deben llevar los patinetes desde este sábado
Los vehículos de movilidad personal (VMP) que se comercialicen a partir de este sábado 22 de enero de 2022, entre los que se encuentran los patinetes, deberán contar con un certificado para circular, según la resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) por la que se aprueba el Manual de características técnicas de los vehículos de movilidad personal, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Algunos de los elementos que se regulan en el manual se refieren a los sistemas de frenado, catadióptricos, avisador acústico, las ruedas, el portaidentificador o el sistema de estabilización en aparcamiento, este último para impedir que los patinetes acaben tirados en las aceras.
El objetivo es que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles. Asimismo, busca mejorar la seguridad de quien conduce estos vehículos y quienes conviven con ellos en las ciudades, donde actualmente hay más de un millón de VMP circulando diariamente. Según la DGT, en 2020 fallecieron ocho usuarios de vehículos de movilidad personal, 97 necesitaron hospitalización y 1.097 resultaron heridos de diversa consideración.
El manual detalla todas las características técnicas exigibles, la clasificación de este tipo de vehículos y los ensayos a los que deben ser sometidos para verificar dichas características. Además establece la obligación a los fabricantes o representantes autorizados a disponer de un certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta.
Además, una de las novedades es que no solo se recogen los requisitos técnicos que deben cumplir los VMP dedicados al transporte personal, sino también de los VMP para transporte de mercancías y otros servicios, cuyas masas y dimensiones también se detallan en la Resolución.
Características
Entre las características que deben cumplir estos vehículos destacan que alcanzarán una velocidad máxima de 25km/h; deberán disponer de sistema de frenado; contar con catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo).
Para los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, así como intermitentes, retrovisores y asistente de marcha atrás.
Igualmente, todos los VMP habrán de contar con un sistema de estabilización en aparcamiento consistente en una pata de cabra lateral o caballete central, «con el objetivo de evitar los VMP caídos en medio de las calles y guardar un cierto orden en las ciudades». Las ruedas deberán ser de superficie rugosa de modo que permita la adherencia al terreno; y tendrán que disponer de un sistema de plegado seguro.
Asimismo, todos los VMP deberán contar con un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
La resolución entrará en vigor este sábado 22 de enero de 2022, aunque se establece un régimen transitorio, de modo que hasta dentro de dos años (22 enero de 2024) no será obligatorio que todos los VMP a la venta sean marcas de VMP certificados.
Los vehículos que se comercialicen hasta el 22 enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no tengan certificado.